Noticias Profesionales

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Fecha seleccionada = 26/10/2026

INFORMATIVO DIGITAL


Más de 3,6 millones de trabajadores tienen blindado el sueldo ante la escalada del IPC
Las empresas con convenios con cláusulas de garantía salarial deberán aplicar una subida adicional de un punto porcentual para compensar el aumento de precios, que se situará en el 4% de media anual.
La presión de la inflación acumula efectos colaterales sobre las empresas. Al aumento de costes de producción por el repunte de precios de la energía y los combustibles se añadirá en los próximos meses una nueva vuelta de tuerca a los costes laborales por la vía de la actualización del salario mínimo que volverá a elevar el Gobierno por encima del IPC y también por el empuje que está ejerciendo sobre las revalorizaciones pactadas en los convenios colectivos.
En este caso cohabitan dos circunstancias: por un lado, los nuevos convenios reflejan aumentos salariales por encima de la media (3,6%) y, por otro, la proliferación de las cláusulas de garantía salarial también forzará a los empresarios a efectuar compensaciones a los trabajadores por el fuerte repunte de precios. Estos son, según los datos oficiales del Ministerio de Trabajo de cierre de septiembre, un total de 3,64 millones de asalariados, que percibirán un extra en las retribuciones por contar con esta salvaguarda. La cifra, aunque supone solo el 19% de total de asalariados de alta en la Seguridad Social, es relevante teniendo en cuenta que supone 39% de aquellos que están protegidos por un convenio colectivo (9,32 millones de trabajadores).
Expansión, lee la noticia completa AQUÍ
 
La IA ya empieza a afectar al empleo en las actividades más expuestas
Un informe detecta aumentos de paro en programadores, matemáticos o diseñadores
La llegada de la inteligencia artificial se vive en los ambientes académicos y empresariales con una inquietud de laboratorio. Los experimentos se hacen con números y ya empiezan a arrojar resultados. Un banco adelantaba hace unos días que en sus ensayos ha logrado reducir de 5 euros a apenas 0,03 el coste de ciertos procesos. Y los expertos se preguntan por la incidencia de la nueva tecnología en el empleo, ya sea en positivo o en negativo.A falta de que se desvele el impacto real del nuevo demiurgo digital, en el Institut d’Economia de Barcelona (IEB) de la Universitat de Barcelona (UB) ya han hallado lo que llaman “evidencias tempranas” acerca de sus efectos sobre el mercado laboral. La obsesión de muchos economistas es detectar si ya ha comenzado una divergencia en el empleo entre los sectores más expuestos a la inteligencia artificial y los menos. Y su conclusión es que el cambio ya está en marcha.
La Vanguardia, lee la noticia completa AQUÍ
 
El Colegio de Graduados Sociales de Barcelona, Girona y Lleida alerta del impacto del RD 723/2026 en la gestión y el asesoramiento a las empresas
El Colegio de Graduados Sociales de Barcelona, Girona y Lleida (CGSBGLL) ha organizado un acto de divulgación técnica para analizar las nuevas obligaciones de información laboral del Real decreto 723/2026, de 9 de septiembre, que entrará en vigor el próximo 5 de octubre de 2026. La jornada ha contado con la intervención de Jorge Pérez, delegado en Cataluña de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, Noemí Cardellach, vicedecana del CGSBGLL, y Manuel Brenes, vicedecano del CGSBGLL.
Pérez ha remarcado que las nuevas obligaciones de información no afectarán únicamente a las nuevas contrataciones, sino también a las relaciones laborales que ya estén vigentes en el momento de la entrada en vigor del Real decreto. En estos casos, las empresas deberán facilitar la información prevista por la nueva normativa a las personas trabajadoras que lo soliciten, en un plazo de treinta días hábiles a partir de la recepción de la solicitud.En cuanto al ámbito de aplicación del nuevo RD 723/2026, este afecta a todas las empresas y personas trabajadoras recogidas en el artículo 1 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (TRLET).
Diario Jurídico. lee la noticia completa AQUÍ
 
El Estado paga 50.000 euros al mes desde hace un año a medio centenar de funcionarios que no trabajan porque no tienen plaza
Una promoción de inspectores de Trabajo lleva casi dos años esperando destino tras aprobar la oposición y completar su formación
El Estado está gastando 50.000 euros al mes desde hace más de un año en pagar nóminas a medio centenar de funcionarios que, en realidad, no trabajan. Se trata de una promoción entera de inspectores de Trabajo que lleva casi dos años esperando destino tras aprobar la oposición y completar su formación. Una situación que amenaza con agravarse tras el adelanto electoral: "Hay una ausencia total de información", denuncia a EL MUNDO uno de los afectados que prefiere permanecer en el anonimato.La última promoción de acceso al Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, que cuelga del departamento que dirige Yolanda Díaz, superó el proceso selectivo el 6 de marzo de 2025 y completó su formación en la Escuela de Inspección en diciembre de ese año. Sin embargo, 19 meses después no se les ha asignado un destino y, por tanto, no pueden ejercer las funciones para las que fueron seleccionados y formados.
El Mundo, lee la noticia completa AQUÍ
 
La Seguridad Social lo confirma: estos trabajadores podrán recuperar años para su jubilación a partir de Navidad
Los deportistas profesionales podrán recuperar años de cotización que antes no contaban
Antes de la jubilación, después de haber tenido una larga carrera de cotización, suele ser el momento de echar cuentas sobre los años que se tienen trabajados y qué pensión va a quedar. Es en estos casos cuando muchas veces toca mirar atrás y comprobar si todo lo trabajado aparece como cotizado. Y es que incorporar esos periodos que no aparecen puede suponer una gran diferencia cuando llegue el tan ansiado retiro.Algo que les ha ocurrido, por ejemplo, a los deportistas profesionales en España. En algunos casos, cuando estaban desarrollando su carrera, la disciplina en cuestión no se había incorporado al Régimen General de la Seguridad Social, por lo que tienen derecho a todos esos años previos, que ahora podrán contar de cara a la pensión.
El Mundo, lee la noticia completa AQUÍ
 
Un convenio estatal eficaz frena la obligación de negociar un marco laboral por cada autonomía
El Alto Tribunal diferencia la prioridad aplicativa de la obligación de negociar un nuevo marco autonómico
La legislación laboral no obliga a las asociaciones patronales a crear mesas de negociación colectiva autonómicas cuando existe un convenio nacional eficaz, según establece el Tribunal Supremo, en sentencia de 23 de septiembre de 2026.La ponente, la magistrada Ureste García, certifica que la modificación del artículo 84 del Estatuto de los Trabajadores (ET) introducida a través del Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, no altera este principio ni elimina la protección de la unidad negociadora previa.
El Economista, lee la noticia completa AQUÍ
 
La Justicia blinda la supresión de un derecho laboral si la primera demanda se presentó fuera de plazo
La Audiencia Nacional establece que dejar caducar la primera demanda cierra la vía judicial para siempre
La supresión de un derecho laboral consolidado no puede reclamarse de forma indefinida en ejercicios posteriores si la primera demanda caducó, según establece la Audiencia Nacional en sentencia de 6 de octubre de 2026.El ponente, el magistrado Sancho Aranzasti, determina que dejar pasar el plazo legal para impugnar la decisión de la empresa cierra definitivamente la vía judicial y consolida la pérdida del beneficio.
El Economista, lee la noticia completa AQUÍ
 
El Supremo mantiene el convenio de origen de 49 trabajadores de Proa subrogados por Hertz
La publicación del convenio de la empresa adquirente después de la transmisión no basta para sustituir al que tenían los trabajadores: también debe haberse firmado después de la subrogación
Un convenio colectivo puede publicarse después de una sucesión empresarial y, sin embargo, no ser «nuevo» a efectos de sustituir al que se aplicaba a los trabajadores subrogados. La fecha de su firma también resulta determinante. Esa es la clave del conflicto entre Hertz y los 49 empleados procedentes de Proa Rent a Car que reclamaban quedar sujetos al convenio de la empresa que había asumido sus contratos.La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en su sentencia 768/2026, de 30 de septiembre, concluye que estos trabajadores debían continuar sujetos al convenio autonómico balear de vehículos de alquiler sin conductor, cuya vigencia se extendía hasta el 31 de diciembre de 2025.
Confilegal, lee la noticia completa AQUí
 
Despido procedente a un trabajador de Mercadona por pagar los viajes personales con la tarjeta de la empresa
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado las pretensiones del trabajador de Mercadona, después de haber utilizado en decenas de ocasiones el «telepeaje» de la empresa para sus viajes personales. Un gasto que, para los tribunales, es suficiente para justificar la máxima sanción disciplinaria.Agustín trabajaba para Mercadona S.A. con contrato indefinido, a tiempo completo, desde septiembre de 2001, ostentando el cargo de Gerente B de transportes.
Confilegal, lee la noticia completa AQUí
 
El Supremo prohíbe penalizar dos veces el salario por una baja médica y da la razón a UGT frente a Cepsa
El Tribunal Supremo ha dado la razón al sindicato UGT-FICA frente a Cepsa y ha declarado que las bajas por enfermedad no pueden computarse como absentismo para reducir dos complementos salariales cuando el convenio colectivo ya contempla su abono proporcional al tiempo trabajado. Hacerlo supondría aplicar una penalización adicional que constituye una discriminación por razón de enfermedad, prohibida por la Ley 15/2022.La sentencia 773/2026, de 5 de octubre, dictada por la Sala de lo Social, desestima el recurso de casación de Cepsa y estima el presentado por UGT-FICA, reconociendo el derecho de los trabajadores afectados a reclamar las diferencias retributivas correspondientes a los años 2022, 2023, 2024 y 2025.
Confilegal, lee la noticia completa AQUí
 
El Supremo avala reducir del 100% al 75% el teletrabajo de personas con discapacidad tras caducar el acuerdo anterior
La Sala confirma que la implantación de una nueva política de trabajo a distancia no constituye una modificación sustancial de las condiciones laborales cuando el régimen previo ha dejado de estar vigente
El Tribunal Supremo, en su sentencia del 9 de septiembre de 2026, confirma la desestimación de una demanda de conflicto colectivo contra una empresa de atención telefónica que redujo del 100% al 75% de la jornada el teletrabajo de las personas con discapacidad a partir de enero de 2025.La Sala considera ajustada a Derecho la conclusión de la Audiencia Nacional de que no existió una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, sino la implantación de un nuevo modelo de trabajo a distancia una vez finalizada la vigencia del acuerdo anterior.
Noticias Jurídicas, lee la noticia completa AQUÍ
 
 

DISPOSICIONS DELS BB.OO.
DIARI OFICIAL DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA (DOGC)
Resolució EMT/3843/2026, de 21 d'octubre, per la qual s'aprova la convocatòria per a la concessió de subvencions, en règim de concurrència competitiva, per a la realització d'activitats en l'àmbit de la prevenció de riscos laborals d'acord amb la Llei 31/1995, de 8 de novembre, de prevenció de riscos laborals, per a l'any 2026. (Publicado el día 26/10/2026)
Situación web: Legislación Autonómica/Catalunya/Ayudas y subvenciones
 
BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA (BORM)
Extracto de la Resolución de 19 octubre de 2026 de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del programa formas innovadoras de integración laboral de personas con discapacidad para el año 2026 financiadas con fondos del Servicio Público Estatal. (Publicado el día 23/10/2026)
Situación web: Legislación Autonómica/Murcia/Ayudas y subvenciones
 
BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (BOPA)
Ley del Principado de Asturias 7/2026, de 15 de octubre, para la erradicación de la discriminación y para la igualdad real y efectiva de derechos de las personas lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales y de sus familias. (Publicado el día 23/10/2026)
Situación web: Legislación Autonómica/Asturias/Varios
 
Ley del Principado de Asturias 8/2026, de 15 de octubre, de Infancia y Adolescencia. (Publicado el día 23/10/2026)
Situación web: Legislación Autonómica/Asturias/Varios
 
Extracto de la Resolución de 14 de octubre de 2026, del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales, por la que se convocan subvenciones para la mejora del parque de maquinaria, equipos de trabajo, instalaciones u otros elementos de inmovilizado o bienes de equipo, que supongan la eliminación o reducción de riesgos laborales, para el año 2026 y se aplica el gasto autorizado. (Publicado el día 23/10/2026)
Situación web: Legislación Autonómica/Asturias/Ayudas y subvenciones
 
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID (BOP)
Resolución de la Oficina Territorial de Trabajo de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Valladolid, por la que se dispone el registro, depósito y publicación del convenio colectivo de sector de la industria y el comercio de la vid de Valladolid y provincia. Código: 47000595011982. (Publicado el día 23/10/2026)